CIDH otorga medidas cautelares a Julián Mazola y Fray Claro, presos por manifestarse en Cuba
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) anunció su decisión de otorgar medidas cautelares para los presos políticos cubanos Julián Manuel Mazola Beltrán y Fray Pascual Claro Valladares, condenados por ejercer sus derechos de expresión y manifestación en sendas protestas en las ciudades de La Habana y Nuevitas (Camagüey), respectivamente.
El mecanismo de protección fue activado tras considerar que en ambos casos “sus derechos a la vida e integridad personal enfrentan un riesgo de daño irreparable en Cuba”.
Julián Manuel Mazola fue condenado a 5 años de privación de libertad por las manifestaciones antigubernamentales de julio de 2021. Tras aquellas históricas jornadas, conocidas como “el 11J”, hemos registrado 1584 personas detenidas, de las cuales al menos 671 continúan presas.
Como ha documentado la CIDH, luego de su detención Mazola Beltrán fue sometido a una golpiza “brutal”, lo interrogaron y fue sujeto de torturas.
El pasado marzo, el Centro de Documentación de Prisiones Cubanas emitió una alarma por un intento de violación sexual que sufrió Mazola Beltrán en la prisión de máximo rigor de Guanajay, en la provincia de Artemisa.
Según denuncias de familiares y activistas, luego de negarse a ser informante de la Seguridad del Estado, Mazola fue recluido por órdenes del oficial Javier Reboso Pérez en otra celda con su agresor, un preso común por delitos de violación. Otros reclusos ayudaron al joven al sentir que se producía el ataque.
El 28 de junio de 2024, la CIDH adoptó la Resolución 40/2024, mediante la cual otorgó medidas cautelares en beneficio de Julián Manuel Mazola Beltrán.
El 30 de junio se hizo otro tanto con Fray Pascual Claro Valladares, arrestado el 24 de agosto de 2022, tras participar en manifestaciones pacíficas en la ciudad camagüeyana de Nuevitas. De acuerdo con la Resolución 41/2024 de la CIDH, desde su detención “fue trasladado entre varias prisiones, en la cuales permaneció incomunicado y en condiciones severas de aislamiento e insalubridad”.
Además, “fue sometido a repetidos interrogatorios para forzarlo a incriminarse y sufrió maltratos por parte de otros reclusos y funcionarios penitenciarios (…)”.
En abril de 2024, Fray Pascual Claro fue condenado a 10 años de prisión en un proceso penal sin garantías. Tras conocer su sentencia, intentó quitarse la vida.
Como recoge la CIDH, “su intento de suicidio fue manejado con negligencia, sin recibir la atención psiquiátrica necesaria y siendo castigado con aislamiento”. Funcionarios del Ministerio del Interior (Minint) lo han amenazado con “retirar la posibilidad de libertad condicional, atención médica, visitas familiares y envíos de medicamentos y alimentos, si él y su madre continúan denunciando su caso y las violaciones sufridas”.
Saludamos que la CIDH se haya pronunciado en julio de 2024 a favor de los manifestantes Julián Manuel Mazola y Fray Pascual Claro, instando a que el Estado cubano “adopte las medidas necesarias para proteger los derechos a la vida, integridad personal y salud” de ambos presos políticos.
Exigimos la liberación inmediata y sin condiciones de todas las personas recluidas en Cuba por intentar ejercer sus derechos civiles y políticos en las restrictivas condiciones impuestas por el régimen del Partido Comunista de Cuba.