Nuevas peticiones fiscales violan el derecho a la protesta pacífica en Cuba

Recientemente se conocieron las peticiones fiscales impuestas a personas privadas de su libertad por motivos políticos, en relación con sendas protestas pacíficas ocurridas en el poblado de Encrucijada (provincia de Villa Clara) y en la provincia Granma, el pasado año. Sus procesos penales continúan avanzando hacia una realidad no por habitual menos arbitraria y lesiva para los derechos de los ciudadanos: castigar con un extenso presidio político a quienes exigieron condiciones básicas de vida, en un contexto de crisis económica y social agravada.
El 7 de noviembre de 2024, decenas de pobladores de Encrucijada se manifestaron pacíficamente contra los prolongados cortes eléctricos. Más de seis meses después, seis de los ciudadanos detenidos en relación con estos hechos conocieron las peticiones fiscales en su contra, que buscan condenarlos a penas de entre cuatro y nueve años de privación de libertad.
El diario 14ymedio, donde colaboraba uno de los manifestantes, el intelectual José Gabriel Barrenechea (54 años), informó que tuvo acceso a su petición fiscal, en la que se le solicitó al Tribunal Provincial de Villa Clara una condena de seis años de prisión por supuestos “desórdenes públicos”.
Ayrebi Miranda Pérez firmó la petición fiscal el 25 de junio de 2025, de acuerdo con 14ymedio. La defensa de Barrenechea sería notificada próximamente de la fecha del juicio.
Según lo reportado por el medio independiente, la acusación contra Barrenechea ha sido justificada por la fiscalía en que éste habría gritado junto a otros ciudadanos “pongan la corriente, queremos la corriente”. Asimismo, le recriminan que instara “a viva voz a que las personas presentes no desistieran de su actuar”.
Barrenechea es uno de los casos recientes que ejemplifican la represión del Estado cubano no solo contra quienes disienten, sino también contra sus familias. Su madre enferma de cáncer, Zoila Chávez, murió en mayo de 2025 luego de meses de agonía en solitario, por la detención de su hijo y único sostén, a quien no le permitieron verla hasta que estaba en un ataúd.
La naturaleza pacífica de la disidencia practicada por José Gabriel Barrenechea -un intelectual con muchos años participando en el debate público-, hace más evidente la arbitrariedad de la respuesta estatal a las voces críticas con las políticas del Partido Comunista de Cuba.
Armando Chaguaceda, historiador y politólogo, dijo a Justicia 11J que Barrenechea es una persona “de una enorme cultura, algo mucho más meritorio en las circunstancias en las que vive, y tiene que estar libre porque es injusto que una persona ha salido a ejercer su derecho a manifestación pacífica con total responsabilidad y se han enseñado con él de esta manera (…). José Gabriel tiene que seguirnos ilustrando, provocando con sus ideas a todos los cubanos”.
De acuerdo con Chaguaceda, el periodista y preso político “es parte de esa población cubana con ansias de cultura, de conocimiento, de civismo, de derecho que vive en las zonas y en los lugares más oscuros del país y esto no es una metáfora con los apagones, lugares más olvidados, más empobrecidos, más desatendidos”.
Por su parte, Burhan Sonmez, presidente de la ONG PEN Internacional, ha dicho que “la detención injusta de José Gabriel Barrenechea demuestra los riesgos a los que se enfrentan los periodistas que critican a las autoridades. Aunque su voz está ahora silenciada, su valentía sigue resonando entre quienes desafían a la represión”.
Además de José Gabriel Barrenechea, los demás imputados por supuestos “desórdenes públicos” en el marco de la protesta de Encrucijada son Yandri Torres Quintana y Rafael Javier Camacho Herrera, para quienes solicitaron una condena a 9 años de privación de libertad; Rodel Bárbaro Rodríguez Espinosa y Marcos Daniel Díaz Rodríguez (5 años), y Yuniesky Lorences Domínguez, con una petición fiscal de 4 años de cárcel.
El centro de asesoría legal Cubalex, que publicó las conclusiones provisionales de la Fiscalía, comunicó que en el documento “en ningún momento se reportan actos de violencia física, daños a la propiedad ni conductas vandálicas. Lo que se criminaliza, en realidad, es la expresión pública del descontento ciudadano en un contexto de apagones prolongados y deterioro generalizado de las condiciones de vida”.
Denuncia desde prisión: hasta 7 años de condena por protestar en Granma
El régimen cubano ha detenido a decenas de personas en escenarios de protestas posteriores al 11J, siguiendo el patrón de ahogar rápidamente cualquier chispa de manifestación pública del descontento ciudadano para evitar que se extienda como en el estallido social de julio de 2021. Generalmente pasan meses en “prisión provisional”, sin que se les enjuicie, hasta que mucho tiempo después son notificados de los supuestos delitos imputados por la Fiscalía y sometidos a un proceso penal arbitrario y plagado de irregularidades.
El 29 de julio de 2025, el Observatorio Cubano de Derechos Humanos (OCDH) publicó información aportada por el preso político Julio César Vega Santiesteban, sobre las peticiones fiscales para 16 personas arrestadas en las protestas ocurridas el 17 de marzo de 2024 en Granma.
El activista y comunicador independiente afirmó que fueron notificados de sus peticiones fiscales los siguientes detenidos: Odalys Zamora Rondón (7 años de cárcel); René Aguilera Aguilar (6 años de prisión); Mario Luis Espinosa Cedeño y Osvaldo Núñez Villavicencio (5 años de prisión); David Alexander Téllez Pérez (4 años de prisión); Rangel Miguel Domínguez Reyes (3 años de prisión domiciliaria) y Duaniel de Jesús Carmona Verdecia (2 años de prisión domiciliaria).
Asimismo, tienen una solicitud de la Fiscalía para condenarlos a 3 años de privación de libertad, los manifestantes Daniellys Jorge Puig, Lázaro Armando Morales Romero, Jesús de Nazaret Alzuaga Almaguer, Frankie Carmona Arias, Reinaldo Lucas Leyva Romero, Antonio Zamora Blanco, Ángel Luis Céspedes Cruz, Pedro de Jesús Martínez Rivero y Jorge Alexis Milanés Cedeño.
De acuerdo con Vega Santiesteban, miembro de la Unión Patriótica de Cuba (Unpacu), los manifestantes «fueron sorprendidos por peticiones fiscales amañadas, manipuladas, y con el único objetivo de (…) aterrorizar y atemorizar a todas las personas que, como ellos, quieren reclamar un derecho constitucional que le corresponde”.
La protesta pacífica está protegida a través de varios documentos del sistema universal de derechos humanos y en los sistemas regionales. La Declaración Universal de Derechos Humanos en su Artículo 20 establece que “toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas”; mientras que en su Artículo 19 defiende el “derecho a la libertad de opinión y expresión”, lo que es la base misma de la protesta.
Además, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP, 1966), en su Artículo 21, reconoce el derecho de reunión pacífica y establece que solo podrá estar sujeto a restricciones necesarias en una sociedad democrática por seguridad nacional, orden público, salud o moral públicas, o derechos y libertades de los demás.
Sin embargo, el Estado cubano no ha ratificado el PIDCP y continúa criminalizando la protesta en un espacio cívico cerrado y sin posibilidad de participación política alternativa al régimen.